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viernes, 20 de enero de 2012

Normas y Procedimientos para Evaluar el Factor Apoyo Educativo Comisión Nacional SEP SNTE Carrera Magisterial


Normas y Procedimiento
para evaluar el
Factor Apoyo Educativo

México, 2011
COMISIÓN NACIONAL SEP-SNTE
DE  CARRERA MAGISTERIAL
 










Introducción
I. INTRODUCCIÓN
Apoyo Educativo es uno de los factores que integran el Sistema de Evaluación de Carrera Magisterial. Se define como el conjunto de acciones que llevan a cabo los docentes que realizan Actividades Técnico Pedagógicas (ATP), para fortalecer y mejorar la educación básica.
Debido a que en este Factor es específico para los docentes que realizan ATP, se determinaron para su evaluación aspectos fundamentales para el desarrollo de la docencia y la gestión educativa.
Para la valoración del Apoyo Educativo, se han elaborado tres instrumentos con los elementos necesarios para la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación del trabajo, los cuales comprenden los siguientes:
v  Acompañamiento en el Aula
v  Asesoramiento Educativo
v  Elaboración de Materiales Educativos
Los ámbitos que se incluyen abarcan los aspectos esenciales del trabajo de los docentes que realizan ATP, son susceptibles de comprobación a partir de evidencias concretas y, además, abren la oportunidad para que el participante proporcione un valor agregado al trabajo que por funciones tiene asignado. La evaluación de estos docentes la realizará el Consejo Técnico o equivalente.
En este documento se detallan las normas que rigen la evaluación del factor Apoyo Educativo, así como el procedimiento que debe seguirse para su adecuada valoración.


Objetivo y Normas
II. OBJETIVO

Dar a conocer las normas y procedimiento para evaluar el factor Apoyo Educativo a los docentes participantes.
III. NORMAS
1.         Las actividades de Apoyo Educativo significan un esfuerzo adicional del participante que realiza ATP y deben reflejarse en la mejora del trabajo del maestro frente a grupo, el director de la escuela y el personal de supervisión. Le corresponden hasta 20 puntos en la Evaluación Global.
2.         El docente con doble plaza y que labore en dos centros de trabajo presentará la evaluación del factor, con dos actividades completas, en cada una de ellas.
3.         El personal con doble plaza en un centro de trabajo y el mismo tipo de examen en el factor Preparación Profesional presentarán la evaluación en una plaza.
4.         El docente que realiza ATP, de acuerdo con sus funciones, solamente podrá participar en una de las siguientes opciones: Acompañamiento en el Aula, Asesoramiento Educativo y Elaboración de Materiales Educativos.
5.         El Consejo Técnico o equivalenterealizará la evaluación de este Factor, con estricto apego a lo establecido en estas Normas y Procedimiento, así como con las orientaciones para evaluar las distintas opciones del factor Apoyo Educativo, tal y como se señala en los Lineamientos Generales de Carrera Magisterial.
6.         El Consejo Técnico o equivalente se integrará con los docentes que participan en el mismo grupo a nivel de zona, jefatura de sector o área central, será presidido por el jefe inmediato y contará con un representante sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE.
7.         El Consejo debe integrarse quince días naturales posteriores a la publicación de la Convocatoria de la etapa correspondiente, mediante acta constitutiva y es responsable de lo siguiente:
Normas
7.1.   Registrarel plan de actividades de cada participante, los avances y conclusión de su trabajo, así como toda la documentación requerida.
7.2.   Concentrar los reportes parciales y verificar que cumplan con los requisitos de calidad establecidos, según sea el caso.
7.3.   Asegurar la transparencia, honestidad y veracidad del proceso de evaluación, al otorgar valoraciones en función del desempeño de los docentes.
7.4.   Atender, en su caso, las inconformidades de los docentes que consideren que los puntajes asignados no corresponden a su desempeño, de acuerdo con el Apartado IV de este instructivo.
  1. Las actividades que desarrolle el personal en funciones técnico pedagógicas deben cubrir los siguientes requisitos:
8.1.   Atender áreas de oportunidad importantes para el proceso educativo relacionadas directamente con planes y programas de estudio, el proceso de enseñanza–aprendizaje, además de proporcionar un valor agregado claramente identificable.
8.2.   Considerar estrategias de trabajo para mejorar el desempeño de las instancias educativas, de los maestros, directores y personal de supervisión, con la finalidad de elevar el logro educativo de los alumnos.
8.3.   Reunir testimonios y evidencias de las actividades programadas y desarrolladas, así como los productos correspondientes.
9.    Para que las actividades del factor Apoyo Educativo tengan validez en Carrera Magisterial, deberán cumplir con lo siguiente:
9.1.   Únicamente serán válidas para la etapa en que se presentan.
9.2.   No haber sido utilizadas con fines de acreditación de estudios o de titulación.
9.3.   Acreditar la autoría de cada uno de los trabajos.
9.4.   Cumplir con todos los requisitos estipulados.
Normas
10.    No se aceptarán como productos:
10.1 Reportes de actividades.
10.2. Proyectos de trabajo.
10.3. Planeación de labores.
10.4. Documentos relacionados con las actividades cotidianas propias de las funciones asignadas.
10.5. Cuando los materiales de dos o más participantes en ATP evidencien copia, no se les otorgará puntaje.
11.    Los docentes que realicen ATP llevarán a cabo estas acciones:
11.1. Presentar al Consejo Técnico o equivalente el plan que incluya las actividades a realizar, su calendarización, formas de seguimiento y evaluación.
11.2. Elaborar los reportes parciales correspondientes.
11.3. Recabar las evidencias del trabajo realizado.
11.4. Presentar el informe final.
12.    Los docentes presentarán los avances de su trabajo al Consejo Técnico o equivalente, mismos que deberán coincidir con las actividades registradas. El Presidente del Consejo integrará y resguardará en archivo específico el expediente de cada maestro con los testimonios y evidencias que presenten.
13.      Los participantes que realicen ATP pueden consultar, cuando lo consideren pertinente, al Consejo Técnico o equivalente para resolver interrogantes, dudas y hacer, en caso necesario, los cambios pertinentes, a fin de alcanzar las metas programadas.
14.      En la primera semana del mes de junio, el Consejo Técnico o equivalente asignará, con base en los reportes y en las respectivas evidencias, el puntaje del factor Apoyo Educativo.
15.      Para considerar válido el Factor en la evaluación global, el docente que realiza ATP deberá presentar según sea el caso, sus avances bimestrales, debidamente requisitados.
16.     
Normas y Procedimiento
Al finalizar la evaluación, el Presidente del Consejo Técnico o equivalente entregará la Cédula de Evaluación al participante y de no existir inconformidad alguna, integrará un ejemplaral expediente y turnaráotroa las autoridades correspondientes para que lo hagan llegar a laComisión Paritaria Estatal de Carrera Magisterial.
17.      Los docentes que se inconformen con el puntaje asignado deberán cumplir con lo establecido en el apartado específico de Procedimiento.
IV. PROCEDIMIENTO
En losquince días naturales posteriores a la publicación de la Convocatoria, el Consejo Técnico o equivalente informará a los participantes la opción en la que puede inscribirse, así como las características de cada una de ellas: Acompañamiento en el Aula; Asesoramiento Educativo y Elaboración de Materiales Educativos.
Cada participante elaborará su plan conlas actividades y tiempos de acuerdo con la opción seleccionada. El cual deberá ser registrado ante el Consejo Técnico o equivalente.
Deberá presentar los informes bimestrales de los avances en el desarrollo del plan.
Para que el participante obtenga los 20 puntos asignados al Factor deberá desarrollar de forma completa al menosdos actividades iguales o diferentes.
A partir del puntaje asignado por el Consejo, el Presidente integrará la calificación final del factor Apoyo Educativo; sumando los puntajes obtenidos por el participante en cada una de las actividades que desarrolló.
La puntuación final que obtenga el participante se asentará en la Cédula de Evaluación de la opción correspondiente, que considera los nombres y las firmas: del evaluado, del Presidente del Consejo y del Representante Sindical acreditado. La Cédula se emitirá en tres tantos, una para el docente, otra para el expediente y una tercera para los trámites correspondientes.
Procedimiento
Es necesario requisitar una Cédula de Evaluación para cada actividad que se desarrolle.  Para que sea válida la Cédula deberá tener las siguientes características:
v  Registrarcon tinta azullos datos completos: clave de centro de trabajo, folio, puntajes, nombre y firmas.
v  Respetar los rangos de puntaje establecidos.
Es responsabilidad del evaluado revisar la veracidad de la información asentada en la Cédula de Evaluación y, si es necesario, solicitar al Presidente del ConsejoTécnico o equivalente y al Representante Sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE que realice las rectificaciones que procedan. Una vez signada por él no se aceptará modificación alguna.
Si algún docente no está de acuerdo con el puntaje asentado en su Cédula de Evaluación, podrá inconformarse ante el Consejo y presentará los testimonios y evidencias que reunió durante toda la etapa en cuestión, para promover la rectificación de su evaluación. Contará hasta con cuatro días hábiles para hacerlo.
Previo análisis de las evidenciasse determinará si procede o no la solicitud de modificación de puntaje, la cual realizará de forma imparcial y con base en la documentación presentada. Tendrá hasta cuatro días hábiles para emitir su nuevo fallo.
Si la discrepancia persiste, el docente contará hasta con cuatro días hábiles para solicitar una nueva revisión, misma que será atendida por la instancia inmediata. Una vez analizados los testimonios y los soportes documentales, se rectificará o ratificará el resultado de la evaluación. Esta instancia deberá emitir su fallo en un lapso no mayor a cuatro días hábiles.
El nuevo fallo será inapelable y deberá comunicarse por escrito al evaluado, tanto el resultado como las razones que lo fundamentaron.
En caso de que la evaluación del factor Apoyo Educativo no se apegue a las normas y procedimiento, sustentada en los testimonios y evidencias, el puntaje se anulará. Con ello, se busca salvaguardar la credibilidad y transparencia del proceso.


Factor Apoyo Educativo










Opción
Acompañamiento
en el Aula











Acompañamiento en el Aula
I. INTRODUCCIÓN
Acompañamiento en el Aula (AEA). Se refiere al apoyo que proporcionan los docentes que realizan ATP a los alumnos de los diferentes grados y asignaturas de los niveles y modalidades de educación básica, en torno a la enseñanza y aprendizaje de lenguas extranjeras, las actividades en las escuelas de tiempo completo y mixtas, la incorporación de conocimientos tecnológicos, el fortalecimiento de saberes académicos, artísticos y de educación física, entre otros, con la finalidad de construir, desarrollar y consolidar las competencias correspondientes.
El docente que participa en ATP en esta opción, para alcanzar los 20 puntos que le corresponden al factor Apoyo Educativo en la evaluación global, deberá realizar un Proyecto Aula (PA) y cumplir con los requerimientos establecidos.
La evaluación de esta opción se llevará a cabo mediante la valoración del cumplimiento del PA.
II. OBJETIVO
Precisar y dar a conocer el procedimiento para la evaluación y la asignación de puntaje en el factor Apoyo Educativoen la opción AEA.
III. PROCEDIMIENTO
El profesor que se desempeña en ATP presentará su PA en los quince días naturales posteriores a la publicación de la Convocatoria, el cual debe incluir el objetivo, la programación de las actividades y las estrategias de seguimiento y evaluación. Los docentes que realizan ATP que se evalúen en la opción AEA necesariamente tendrán que desempeñar su labor en las escuelas de educación básica pública.
Asimismo, deberá presentar y aplicar su PA durante el ciclo escolar y mostrar los testimonios y evidencias que avalen el trabajo realizado.
El PA consiste en trabajar con los alumnosuna serie de temas específicos, dirigidos a desarrollar los campos formativos y las competencias de acuerdo con elgrado y asignatura de los niveles y modalidades de educación básica en que se labora.
Acompañamiento en el Aula
Para que la realización del PA se considere válida, es necesario presentar las evidencias correspondientes.
Procedimiento y Precisiones
IV. PRECISIONES
1.      Los docentes que realizan ATP y participan en la opción AEA, necesariamente tendrán que proporcionar acompañamiento a alumnos que estén inscritos en educación básica pública.
2.    El PA debe realizarse en el tiempo estimado.
3.    Se explicitarán los aprendizajes esperados,las dificultades, avances y logros educativos de los alumnos.
4.    El PA debe estar vinculado con los planes y programas de estudio correspondientes con el grado y asignatura de los niveles y modalidades de educación básicaen que los docentes se desempeñan.
5.    El docente que participa en ATP deberá presentar bimestralmente los avances de su trabajo del PA.
6.      El docente que se desempeña en ATP obtendrá hasta 20 puntos por la realización del PA.
7.      Para obtener puntaje es necesario presentar el PA y desarrollarlo durante el ciclo escolar.
8.      Los docentes con doble plaza, para obtener los 20 puntos deberán realizar un PA por cada una de ellas.
9.      Los PA únicamente tendrán validez para la etapa en que se desarrollen.
10.      Cuando los PA de dos o más participantes en ATP evidencien copia no se les otorgará puntaje.




Evidencias y Evaluación
V. EVIDENCIAS
El profesor podrá presentar como parte de la documentación comprobatoria, lo siguiente:
1.      Insumos del diagnóstico: información estadística, situaciones del entorno, características de los principales actores, entre otros.
2.      Reportes parciales de las actividades realizadas.
3.      Registros de reuniones.
4.      Diarios de observación.
5.      Entrevistas.
6.      Acuerdos de juntas con padres.
7.      Cuestionarios.
8.      Fotografías.
9.      Audios.
10.   Videos.
11.   Formatos de evaluación debidamente requisitados, incluidos en este Instructivo.
12.   Las que el participante proponga.
De la relación anterior, el docente debe presentar las evidencias que sustenten su trabajo y estén directamente vinculadas con las temáticas desarrolladas.
VI. EVALUACIÓN
En la primera semana del mes de junio, el Consejo Técnico o equivalente asignará los puntajes correspondientes a cada uno de los participantes en esta opción.
Para llevar a cabo este procedimiento se revisará lo siguiente:

v 
Acompañamiento en el Aula
Elaboración del PA
v 
Evaluación
Desarrollo del PA
Los participantes deberán presentar un PA que incluya y desarrolle los siguientes aspectos:
Apartado
Requisitos
Datos de identificación
- Nombre de la escuela y clave del centro de trabajo
- Grado y grupo
- Nombre del director
Nombre del PA
Es el título del trabajo (PA), el cual debe estar relacionado con los temas y contenidos propios del proyecto.
Diagnóstico
Se encuentra vinculado a tres aspectos:
a) Identificación del estado actual. (¿Cuál es el asunto que se va a abordar?).
b) Análisis detallado del contexto.
c) Identificación de dificultades, acciones a realizar y apoyos necesarios.
Objetivo
Para elaborar un objetivo adecuado se debe responder a la pregunta: ¿qué se pretende alcanzar? Las respuestas deben ser concretas y medibles cualitativamente y cuantitativamente; deben estar relacionados con indicadores verificables.
Justificación del PA
Razones y motivos del trabajo. Responde al ¿por qué? y describe la situación y sus tendencias, con base en información, datos y hechos recopilados.
Desarrollo del tema
Corresponde al contenido, conceptos y conocimientos que serán la base para resolver el problema en cuestión. Comprende la realización de las actividades programadas con sus respectivas evidencias; incluye la verificación de la realización de las acciones y el cumplimiento de las metas programadas.
Relación curricular
Es la forma en que se vincula el tema de estudio con los campos formativos, las competencias, los propósitos, los aprendizajes esperados y las dimensiones: conceptuales, procedimentales y actitudinales.
Apartado
Requisitos
Materiales didácticos
Son los recursos que van a ser utilizados para alcanzar los objetivos.
Evaluación
Valorará los resultados de las acciones llevadas a cabo y sus efectos en el proceso educativo.
Resultados
Expresa los logros del proyecto y en qué medida contribuyen a alcanzar el objetivo propuesto.
Conclusiones
Conjunto de resultados alcanzados y logros obtenidos durante todo el Proyecto.
Recomendaciones para la mejora educativa
Conjunto de orientaciones para elaborar y enriquecer las propuestas de mejora.
Evaluación

Respecto a las actividades programadas, el participante en ATP presentará su PA y durante su desarrollo, tendrá que aportar evidencias bimestrales, de los avances del mismo.

El docente que se desempeña en ATP presentará ante el Consejo Técnico o equivalente su PA, así como la evidencia necesaria que avale y sustente el trabajo realizado.
El Presidente delConsejo Técnico o equivalente,llenará la Cédula de Evaluación correspondiente, y asentará el puntaje del participante, como se especifica en las tablas I y II.
La Cédula de Evaluación deberá ser firmada por: el participante, el Presidente del Consejo Técnico o equivalente y el Representante Sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE.






Acompañamiento en el Aula
VII. INDICADORES DE PUNTAJE
Indicadores de puntaje

Tabla I. Puntaje para el cumplimiento del PA.
Porcentaje y desarrollo de apartados
Factor
Puntos
100 %
0.14
14
95 %
13.3
85 %
11.9
75 %
10.5
65 %
9.1
55 %
7.7
45 %
6.3
35 %
4.9
25 %
3.5

Si un participante obtiene un porcentaje de desarrollo de apartados distintos a los especificados, deberá ser multiplicado por el factor 0.14, ejemplo: si desarrolló el 67%, el puntaje que le corresponde es de 67 x 0.14 = 9.38 puntos. El mínimo de cumplimiento de apartados para obtener puntaje es de 3.

Tabla II. Puntaje para la aplicación del PA

Aplicación del PA
Puntaje
Evidencia objetiva de los materiales elaborados por el docente
3
Evidencia realizada por los alumnos
3


Total
6





Factor Apoyo Educativo










Opción
Asesoramiento Educativo







Asesoramiento Educativo
I. INTRODUCCIÓN

Introducción, Objetivo y Procedimiento
Asesoramiento Educativo (AE). Es el acompañamiento que realizan los docentes que desempeñan ATP al personal de centros escolares, supervisiones de zona y, en su caso, jefaturas de sector para fortalecer e innovar su práctica educativa.
El docente que participa en ATP en esta opción, puede obtener hasta 10 puntos por cada actividad de acompañamiento que realice, para alcanzar los 20 que le corresponden al factor Apoyo Educativo en la evaluación global, deberá realizar dos actividades completas y cumplir con los requerimientos establecidos.
La evaluación de esta opción, se llevará a cabo mediante el desarrollo de su plan de Gestión de Asesoramiento (GDA), en alguno de los siguientes ámbitos: escuela, supervisión de zonay, en su caso, jefatura de sector.
II. OBJETIVO
Precisar y dar a conocer el procedimiento para la evaluación y la asignación de puntaje en el factor Apoyo Educativoen la opción AE.
III. PROCEDIMIENTO
El profesor que se desempeña en ATP presentará su plan de GDA, a más tardar enlos quince días naturales posteriores a la publicación de la Convocatoria. Este debe incluir el ámbito en donde realizará la asesoría, el objetivo, la programación de las actividades y las estrategias de seguimiento y evaluación. Los docentes que realizan ATP que elijan esta opción, necesariamente tendrán que participar en la instancia inmediata inferior, los ubicados en una jefatura de sector deberán trabajar con el personal de supervisión de zona, los que se desempeñan en esta última lo harán con el personal de la escuela.
El plan de GDA debe ser específico y dirigido a alguno de los ámbitos establecidos.
Para que la realización de las actividades programadas se considere válida, es necesario presentar los testimonios y evidencias correspondientes.
Precisiones y Evidencias
IV.  PRECISIONES
  1. Realizar actividades de asesoría en el nivel educativo en que se desempeña en ATP.
  2. La asesoría debe estar vinculada con los planes y programas de estudio.
  3. Solo se otorgará puntaje a las asesorías que se proporcionen a los docentes que laboran en educación básica pública.
  4. El docente que realiza ATP y participa en la opción AE, necesariamente tendrá que proporcionar asesoría a docentes que se desempeñan en Primera y Segunda Vertientes.
  5. El docente que se desempeña en ATP, obtendrá hasta 10 puntos por la realización de una asesoría a alguna de las siguientes instancias: escuelas, supervisiones de zona y, en su caso, jefaturas de sector.
  1. El docente con doble plaza y que labore en dos centros de trabajo presentará la evaluación del factor, con dos asesorías, en cada una de ellas.
  2. El personal con doble plaza en un centro de trabajo y el mismo tipo de examen en el factor Preparación Profesional presentarán la evaluación en una plaza.
  3. Las asesorías únicamente tendrán validez para la etapa en que se proporcionen.
  4. Cuando los planes de GDA de dos o más participantes en ATP evidencien copia no se les otorgará puntaje.
  5. El docente que participa en ATP deberá presentar bimestralmente los avances de su trabajo de asesoría.
V.  EVIDENCIAS
  1. El plan de Gestión de Asesoría.
  2. Insumos del diagnóstico: información estadística, situaciones del entorno, características de los principales actores, entre otros.
  3. Asesoramiento Educativo
    Reportes parciales de las actividades realizadas.
  4. Evidencias y Evaluación
    Minutas de trabajo.
  5. Registros de observación.
  6. Entrevistas.
  7. Cuestionarios.
  8. Fotografías.
  9. Audios.
  10. Videos. 
  11. Formatos de evaluación debidamente requisitados, incluidos en este Instructivo.
  12. Otras.
De la relación anterior, el docente debe presentar los testimonios y evidencias que sustenten su trabajo y estén directamente vinculadas con las temáticas desarrolladas.
VI.  EVALUACIÓN
En la primera semana del mes de junio, el Consejo Técnico o equivalente asignará los puntajes correspondientes a cada uno de los participantes en esta opción.
Para llevar a cabo este procedimiento se revisará lo siguiente:
v  Elaboración del plan de GDA.
v  Evaluación del desarrollo de las actividades programadas.
v  Cumplimiento de horas de asesoría.
La elaboración del plan de GDA habrá de cubrir los siguientes componentes:


Evaluación
Componente
Requisitos
Diagnóstico
Describe la situación y sus tendencias, con base en información, datos y hechos recopilados. Debe estar fundamentado objetivamente e incluir referencias verificables.
Área de oportunidad que se busca mejorar
Identifica y selecciona las necesidades relevantes para el contexto donde se llevará a cabo el asesoramiento.
Objetivo
Para definir un objetivo adecuado se debe responder a la pregunta: ¿qué se pretende alcanzar?Las respuestas deben ser concretas y medibles cualitativamente y cuantitativamente; deben estar relacionados con indicadores verificables.
Programación
Establece actividades y unidades temporales,para realizarlas, es importante definir de manera precisa, la relación entre la unidad temporal y el logro de los objetivos. Incluye las metas y las actividades bimestrales para alcanzarlas. Responde a las preguntas: ¿qué se va a hacer?, ¿cómo se va hacer?, ¿dónde se va hacer?, ¿cuándo se va hacer? y ¿quién lova a hacer?
Desarrollo
Aplica las estrategias para el cumplimiento puntual y exhaustivo de las actividades programadas, sustentadas en sus respectivos testimonios y evidencias.
Seguimiento
Consiste en verificar la realización de las acciones y el cumplimiento de las metas programadas.
Evaluación
Define los procedimientos para determinar en qué medida se alcanzaron las metas y objetivos. Valora los resultados de las acciones llevadas a cabo y sus efectos en el proceso educativo.
Recomendaciones para la mejora educativa
Orientaciones para enriquecer el trabajo.

Por la elaboración del plan de GDA con todos sus componentes, el Consejo Técnico o equivalente otorgará 2 puntos.
Evaluación
Asesoramiento Educativo
Respecto a las actividades programadas, el participante en ATP presentará al Consejo Técnico o equivalente su plan de GDA, y durante la etapa en cuestión tendrá que aportar testimonios y evidencias bimestrales de los avances del mismo.
El Consejo Técnico o equivalente, en función del porcentaje de realización de los siguientes componentes del plan: programación, desarrollo, seguimiento, evaluación y recomendaciones, se asignará el puntaje al participante, como se especifica en la tabla I.
Tabla I
Porcentaje
Factor
Puntos
100 %
0.04
4
95 %
3.8
85 %
3.4
75 %
3
65 %
2.6
55 %
2.2
45 %
1.8
35 %
1.4
25 %
1

Si un participante obtiene un porcentaje de cumplimiento distinto a los especificados, deberá ser multiplicado por el factor 0.04, ejemplo: si obtuvo el 67% de cumplimiento, el puntaje que le corresponde es de 67 x 0.04 = 2.68 puntos. El porcentaje mínimo de cumplimiento para obtener puntaje es de 25.
Finalmente, el citado Consejo otorgará un puntaje al participante que realiza ATP, en función de las horas de asesoría que brinda, como se señala en la tabla II:





Evaluación
Tabla II
Horas de trabajo en la instancia seleccionada
Factor
Puntaje
40
0.1
4
35
3.5
30
3
25
2.5
20
2
15
1.5
10
1

Si un participante acumula horas de trabajo diferentes a las que se ejemplifican en esta tabla, se multiplica el factor (0.1) por dichas horas y así se obtiene el puntaje, por ejemplo, si acumuló 38 horas: 38 x 0.1 = 3.8
Las horas de trabajo deberán realizarse in situ; es decir, en el ámbito seleccionado: escuela, supervisión de zona o, en su caso, jefatura de sector. Estas horas y actividades de asesoramiento serán avaladas por el responsable del Centro de Trabajo correspondiente, mediante un oficio debidamente signado.
A partir de los puntajes parciales asignados por el Consejo Técnico o equivalente alos participantes por:
-       Elaboración del plan de GDA
-       Realización de los componentes del Plan: desarrollo, seguimiento, evaluación y recomendaciones
-       Número de horas trabajadas en el ámbito elegido
El Presidente del Consejo integrará el puntaje final del profesor que realiza ATP, por medio de la suma de los puntajes parciales y llenará la Cédula de Evaluación, de acuerdo con las precisiones establecidas en el documento de Normas y Procedimiento, la cual deberá ser firmada por él mismo, el participante evaluado y el Representante Sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE.



Factor Apoyo Educativo










Opción
Elaboración de
Materiales Educativos






Introducción, Objetivo y Procedimiento
I. INTRODUCCIÓN


Esta opción se refiere a la elaboración de Materiales Educativos (EME) del participante que realiza ATP para fortalecer las estrategias de enseñanza-aprendizaje, así como para enriquecer los temas curriculares (enfoques metodológicos, procesos didácticos y contenidos educativos) e incorporar a la práctica educativa los avances e innovaciones tecnológicas y culturales. Es importante señalar que la gama de materiales es amplia y diversa por lo que se elaborarán de acuerdo con el contexto y necesidadesque permitan a los docentesmejorar los aprendizajes de los alumnos.

El Consejo Técnico o equivalente evaluará la planeación, diseño, elaboración, aplicación y la pertinencia de los materiales educativos que realicen los participantes.

El docente que participa en ATP en esta opción puede obtener hasta 10 puntos por cada material educativo que elabore. Para alcanzar los 20 que le corresponden al factor Apoyo Educativo en la evaluación global, deberá concretar dos materiales y cumplir con los requerimientos establecidos.

II. OBJETIVO

Precisar y dar a conocer el procedimiento para la evaluación y la asignación de puntaje en el factor Apoyo Educativoen la opción EME.

III. PROCEDIMIENTO

El participante presentará su propuesta de Elaboración de Materiales Educativos (EME), quince días naturales posteriores a la publicación de la Convocatoria, que debe incluir el ámbito de aplicación, el objetivo, la programación de las actividades y las estrategias de seguimiento y evaluación. Los productos que elabore el docente en ATP que participa en la opción EME deberán destinarse a personal que presta sus servicios en el mismo nivel o modalidad donde aquél se desempeña.

El Material Educativo debe ser específico, estar relacionado con un tópico curricular relevante, y ajustarse a la estructura indicada en el apartado V.

Los docentes deben presentar las evidencias de su trabajo; por ejemplo, la lista firmada por los asistentes a la capacitación para el manejo del material.

Precisiones

Elaboración de Materiales Educativos
IV. PRECISIONES


  1. Elaborar materiales educativos relacionados con el nivel y modalidad en la cual se encuentra desarrollando funciones en ATP.
  2. Los materiales deben estar vinculados a los planes y programas de estudio, así como con los enfoques metodológicos de los grados o asignaturas correspondientes.
  3. Sólo se evaluarán los materiales que sean utilizados por los docentes que laboran en algún nivel o modalidad de la educación básica pública.
  4. Los participantes que eligen la opción EME, necesariamente tendrán que elaborar materiales para alumnos de docentes de Primera Vertiente.

5.    Para que un docente logre los 20 puntos deberá alcanzar hasta diez en cada uno de sus materiales.



6.    El número mínimo de usuarios del material será de diez docentes que se desempeñen en educación básica pública.

  1. El material que presenten los participantes en ATP sólo se evaluarán en la etapa en que se diseñan, elaboren y utilicen.
  2. En el diseño, elaboración y seguimiento del material sólo debe participar un docente que realiza ATP.
  3. Cuando los materiales de dos o más participantes en ATP evidencien copia no se les otorgará puntaje.
  4. Los docentes que participan en esta opción, no obtendrán puntaje si presentan los materiales elaborados por las instancias Federal o estatales.
  5. Carecerán de valor los trabajos que sean la traducción, copia de otros ya elaborados o un compendio de información.
  6. En el caso del software educativo, únicamente se aceptarán materiales de carácter interactivo. Serán inadmisibles las presentaciones en powerpointy otros programas equivalentes.
  7. Evaluación
    En caso de materiales escritos la extensión mínima será de 25 páginas: con letra arial de doce puntos, interlineado sencillo y márgenes de 2.5 cm. 

V. EVALUACIÓN
En la primera semana del mes de junio, el Consejo Técnico o equivalente asignará los puntajes correspondientes a cada uno de los participantes en esta opción.

Para llevar a cabo este procedimiento se revisará y valorará lo siguiente:

v  Propuesta de Elaboración de Materiales Educativos (EME).

v  Presentación del material elaborado.

v  La evidencia de la aplicación de los materiales elaborados.

La EME debe contar con los siguientes componentes:

Componentes
Requisitos
Diagnóstico
Se fundamenta en datos objetivos y en referencias verificables, que justifiquen la elaboración del material.
Objetivo
Elaborar materiales innovadores y pertinentes que apoyen el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Proceso de enseñanza-aprendizaje que se busca fortalecer
Selección del proceso de enseñanza-aprendizaje que se busca apoyar.
Programación
Establece actividades y unidades temporales para la elaboración, aplicación y seguimiento del material educativo.
Desarrollo
Evaluación
Evaluación
Describe la elaboración y aplicación de los materiales de acuerdo con los tiempos señalados y con las características establecidas.
Seguimiento
Consiste en la verificación de la aplicación del material.
Evaluación
Evaluación
Elaboración de Materiales Educativos
Define en qué medida se alcanzaron las metas y objetivos. Valora los resultados de la aplicación del material educativo.
Recomendaciones para la mejora educativa
Orientaciones para mejorar la aplicación del material educativo y poder generalizar su uso.



Por la elaboración de la propuesta de EME con todos sus componentes, el Consejo Técnico o equivalente otorgará 2 puntos.

Diseño y Elaboración del Material

El Consejo Técnico o equivalente asignará el puntaje por el cumplimiento de los requisitos del material elaborado, de acuerdo con:

Tabla I. Requisitos.

Requisitos
Puntaje
Está relacionado con un proceso de enseñanza-aprendizaje (curricular) relevante y acorde con el nivel y modalidad en que se desempeña el personal en ATP.
1
Es innovador por su diseño creativo y su utilidad para apoyar el proceso de enseñanza-aprendizaje.
2
Es aplicable y pertinente.
1
Total
4



Evidencia de la Aplicación de los Materiales Elaborados

El Consejo Técnico o equivalente asignará los puntajes en este aspecto de acuerdo con lo indicado en:











Evaluación
Tabla II. Puntaje para la aplicación de materiales.


Requisito
Puntaje
Existe evidencia de que capacitó a los docentes que aplicarán el material.
1
Hay testimonios de que el material fue utilizado por el destinatario.
1
Proporciona elementos comprobatorios de la pertinencia del material*.
2
Total
4



* Lista de cotejo, cuestionario, diario de campo, material gráfico, productos de los alumnos, reportes de opinión, entre otros.

El Presidente del Consejo, a partir de la suma de los puntajes parciales obtenidos por cada participante en la EME, en el diseño y elaboración de los materiales y en la evidencia de la aplicación, integrará el puntaje que le corresponda a cada uno de ellos.

El Presidente del Consejo Técnico o equivalente llenará la Cédula de Evaluación, de acuerdo con las precisiones establecidas en el documento de Normas y Procedimiento. La Cédula deberá ser firmada por él mismo, el participante y por el Representante Sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE.




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